Opinión.
El principio de solidaridad en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, por Elizabeth Salmón.
Si bien varios tratados interamericanos indican que la solidaridad es un principio fundacional de la OEA y es fundamental para abordar las inequidades y garantizar el ejercicio efectivo de los derechos humanos, el Sistema Interamericano tiene aún como tarea pendiente convertir ese principio en un llamado a la acción efectivo.

En una reciente publicación del Instituto de Democracia y Derechos Humanos (Idehpucp) se d a conocer el artículo «El principio de solidaridad en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos», por Elizabeth Salmón (*).
Agradezco la invitación a participar en la primera presentación pública de Research Handbook on International Solidarity and the Law, editado por nuestra amiga y admirada colega Cecilia Bailliet. Se me ha propuesto que comparta algunas reflexiones tanto sobre la historia normativa de la idea de solidaridad como sobre la evolución que esta ha seguido en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Me gustaría abordar esta cuestión en tres pasos.
En primer lugar, se debe reconocer que, si bien la noción de solidaridad no está ausente del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, aún es necesario aclarar si el principio de solidaridad se ha traducido en llamados concretos a la acción por parte de los órganos que componen este Sistema, y de qué manera aparece.
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