Medida impuesta tras la Segunda Guerra Mundial.
Estado debe indemnizar a víctimas de esterilización forzada por inconstitucionalidad de ley eugenésica, resuelve el Tribunal Supremo de Japón.
La Corte Suprema cuestionó el plazo de prescripción de 20 años para la presentación de demandas de indemnización, concluyendo que este plazo contradice "la idea de justicia y equidad." Este periodo de prescripción había sido un obstáculo para que los tribunales inferiores concedieran indemnizaciones, a pesar de haber criticado la Ley de Protección Eugenésica.

El Tribunal Supremo de Japón ha dictaminado que el gobierno japonés debe indemnizar a las víctimas de esterilización forzada, tras determinar que la Ley de Protección Eugenésica, actualmente derogada, era inconstitucional. Esta decisión abarca cinco apelaciones procedentes de Tokio, Sendai, Sapporo y Osaka. El fallo establece que la Ley de Protección Eugenésica y sus procedimientos eran «significativamente contrarios a la idea del respeto por la dignidad y la personalidad individuales,» violando así el artículo 13 de la Constitución japonesa.
Además, la Corte Suprema cuestionó el plazo de prescripción de 20 años para la presentación de demandas de indemnización, concluyendo que este plazo contradice «la idea de justicia y equidad.» Este periodo de prescripción había sido un obstáculo para que los tribunales inferiores concedieran indemnizaciones, a pesar de haber criticado la Ley de Protección Eugenésica.
Antes de la resolución del Tribunal Supremo, el abogado de una de las víctimas y copresidente del Grupo de Abogados de Víctimas de la Ley Nacional de Protección Eugenésica, solicitó al Tribunal una decisión expedita para restaurar el honor de las víctimas y proporcionarles alivio mientras aún están vivas. Señaló que las cirugías realizadas habían afectado la dignidad humana de las víctimas y afirmó que era procedente declarar una violación de la Constitución. Una de las víctimas de 80 años, manifestó su intención de continuar su lucha hasta obtener una disculpa del Estado.
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