Diario Constitucional

Resuelve Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Estatuto checo de prescripción de acciones por daños en materia de competencia es incompatible con el Derecho de la Unión Europea.

El Derecho de la Unión exige también que sea posible suspender o interrumpir la prescripción mientras dure la investigación de la Comisión, con el fin de evitar que el plazo de prescripción se agote incluso antes de que concluya dicha investigación.

Por Redacción·22 de abril de 2024·3 min de lectura
imagen: centrocompetencia.com
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó, en el marco de una cuestión prejudicial, que la anterior normativa de la República Checa que establecía reglas de prescripción para las acciones judiciales en materia de competencia es contrario al Derecho de la Unión. Constató que esta legislación hace excesivamente difícil el ejercicio del derecho a solicitar la reparación del perjuicio sufrido como consecuencia de una infracción del Derecho de la competencia.

Heureka, una empresa checa del sector digital, interpuso una demanda contra Google, por el presunto favorecimiento de su propio comparador de precios en desmedro del suyo en los resultados de búsqueda de sus usuarios. Su reclamo se basó en una decisión pendiente de la Comisión Europea que acusa a Google de abuso de posición dominante.

En este contexto, el tribunal checo que conoce del caso manifestó dudas sobre si el plazo de prescripción establecido por la ley checa era compatible con las leyes de la Unión Europea, para determinar si la acción contra Google estaba prescrita o no. Según la ley checa, el plazo de prescripción es de tres años y comienza cuando el agraviado tiene conocimiento del daño y de quién lo causó.

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