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España.

Fibromialgia no califica como enfermedad discapacitante en sí misma, por lo no habilita para optar a una pensión por discapacidad, resuelve tribunal español.

La enfermedad se manifiesta mediante distintas patologías que han de ser objeto de valoración independiente, tal y como había hecho en este caso el Médico Forense, cuyo informe creó convicción en la Juzgadora de instancia a la hora de resolver la controversia, no pudiendo valorarse la fibromialgia como patología independiente.

Por Redacción·09 de febrero de 2023·3 min de lectura
imagen: revistainvitro.cl
Referencial

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (España) desestimó el recurso de suplicación deducido por una mujer diagnosticada con fibromialgia que solicitó una pensión por discapacidad, al estimar que no es una enfermedad discapacitante.

La recurrente solicitó en sede judicial el reconocimiento de una minusvalía de al menos un 53%, para poder ser beneficiaria de una pensión por discapacidad. Sin embargo, su pretensión fue desestimada pues los informes médicos adjuntos solo reconocían un grado de discapacidad de un 42%.

Dedujo un recurso de suplicación. Fundó sus alegaciones en que “(…) padece un dolor generalizado a causa de su fibromialgia, que la incapacita en gran medida y que causa distintas patologías. El juez a quo sumó erróneamente los porcentajes de minusvalía señalados en los informes adjuntos: la puntuación sobre padecimientos físicos y mentales otorgado por el Informe Médico Forense, asciende a un 38% de incapacidad, lo que sumando al 15% de factores sociales que reconoce el Equipo de valoración y orientación del Centro de Valoración de la discapacidad de Las Palmas de G.C., suman un total de 53% de discapacidad, frente a 42 % de discapacidad que reconoció el tribunal”.

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