Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Lituania violó las garantías del debido proceso en juicio de político acusado de corrupción, resuelve el TEDH.
La primera sentencia del Tribunal Supremo contenía conclusiones que prejuzgaban la cuestión de la culpabilidad del actor en los procedimientos posteriores. Además, el segundo fallo del Tribunal contenía un lenguaje similar al primero, demostrando que, en general, no había llevado a cabo un nuevo examen del caso.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) acogió la demanda interpuesta contra Lituania por no respetar el debido proceso durante el juzgamiento de un exparlamentario condenado por hechos de corrupción. Constató una violación del artículo 6.1 (derecho a un juicio justo) y ninguna violación del artículo 7 (no hay castigo sin ley) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
El demandante fue acusado de votar en nombre de otro parlamentario durante una sesión del Seimas (Parlamento lituano) en 2010, acción que contravenía las reglas parlamentarias y la Constitución. Aunque el Seimas no levantó su inmunidad política para investigarlo formalmente, se abrió un expediente por faltas graves. El Tribunal Constitucional concluyó que el actor y el otro parlamentario implicado violaron la Constitución, pero el demandante no fue destituido de su cargo.
Tras finalizar su mandato parlamentario, fue procesado y finalmente condenado por abuso de poder y uso ilegal de un documento oficial por el Tribunal Supremo. A pesar de presentar un recurso de casación, este fue rechazado en 2018, confirmándose su culpabilidad. El Tribunal Supremo sostuvo que las prácticas de votación por colegas ausentes en el Seimas no eximían de responsabilidad penal a los implicados.
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