Diario Constitucional

Prohibición no rige para delitos de negligencia criminal.

Los jueces carecen de la facultad para dictar órdenes de prohibición de conducir en casos de condenas por negligencia criminal con resultado de muerte o lesiones corporales, resuelve la Corte Suprema de Canadá.

La reforma legislativa de 2018 que modificó las disposiciones sobre delitos relacionados con la conducción tuvo la intención de simplificar el esquema aplicable y eliminar determinados delitos, entre ellos los vinculados con negligencia criminal. En consecuencia, concluyeron que las prohibiciones de conducir no pueden ser impuestas a discreción judicial en estos casos.

Por Redacción·24 de octubre de 2024·2 min de lectura
imagen: kia.com
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La Corte Suprema de Canadá, por mayoría de 5-4, resolvió que los jueces carecen de la facultad para dictar órdenes de prohibición de conducir en casos de condenas por negligencia criminal con resultado de muerte o lesiones corporales, conforme a lo establecido en las secciones 220 y 221 del Código Penal canadiense. El fallo fue emitido en el contexto de un caso que cuestionaba la aplicación de estas prohibiciones en delitos no específicamente incluidos en el régimen legal de prohibiciones de conducir.

La mayoría de los jueces sostuvo que los delitos de negligencia criminal que resultan en muerte o lesiones corporales no están incluidos dentro de los tipos de delitos que permiten imponer una prohibición de conducir. Según la interpretación de la Corte, la reforma legislativa de 2018 que modificó las disposiciones sobre delitos relacionados con la conducción tuvo la intención de simplificar el esquema aplicable y eliminar determinados delitos, entre ellos los vinculados con negligencia criminal. En consecuencia, concluyeron que las prohibiciones de conducir no pueden ser impuestas a discreción judicial en estos casos.

Por su parte, la disidencia estimó que esta interpretación excluye la posibilidad de prohibir la conducción a infractores condenados por negligencia criminal, a pesar de la gravedad de este delito en comparación con otros que sí figuran en la lista. Según estos jueces, tal enfoque no se alinea con los objetivos legislativos de reducir muertes y lesiones causadas por conductores que actúan de manera imprudente o bajo los efectos de sustancias prohibidas. A su juicio, esto genera una incongruencia en la aplicación de las prohibiciones de conducir.

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