Tribunal General de la Unión Europea.
McDonald’s pierde derechos de la marca “Big Mac” en la Unión Europea respecto a ciertos productos y servicios.
McDonald’s no ha demostrado que dicha marca haya sido objeto de un uso efectivo en lo que se refiere a los productos «sándwiches de pollo», los productos «platos a base de productos de aves» y los servicios «prestados o relacionados con la explotación de restaurantes y otros establecimientos o instalaciones.

El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) acogió parcialmente el recurso deducido por una empresa que impugnó la marca “Big Mac” registrada por McDonald’s, en relación a algunos productos y servicios, dictaminando que el uso de esta marca no es exclusivo de la compañía estadounidense. Fundó su decisión en que McDonald’s no demostró adecuadamente el uso efectivo de la marca en el bloque europeo durante un determinado periodo de tiempo.
La cadena irlandesa de comida rápida Supermac’s y la estadounidense McDonald’s están involucradas en un litigio relacionado con la marca de la Unión Europea «Big Mac», registrada por McDonald’s en 1996. En 2017, Supermac’s presentó una solicitud de caducidad de la marca en cuestión respecto a ciertos productos y servicios, argumentando que McDonald’s no había hecho un uso efectivo de la marca en la Unión Europea durante un período ininterrumpido de cinco años.
La Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) decidió parcialmente a favor de la solicitud de Supermac’s. Sin embargo, confirmó la protección de la marca «Big Mac» para McDonald’s en relación con platos a base de productos de carne y aves, sándwiches de carne y pollo, así como servicios relacionados con la explotación de restaurantes y otros establecimientos de restauración, incluyendo servicios drive-in y de preparación de comidas para llevar.
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