Diario Constitucional

Corte Constitucional de Colombia.

Migrantes irregulares tienen derecho a tratamiento médico por enfermedad catastrófica, el cual debe incluirse en la atención de urgencia.

Los extranjeros residentes en Colombia en situación migratoria irregular, tienen el derecho a la atención inicial de urgencias como una garantía de no discriminación de conformidad con la Constitución. Sin embargo, la atención inicial de urgencias puede llegar a incluir el tratamiento de enfermedades catastróficas, que hagan la vida insoportable e indeseable, cuando el mismo sea solicitado por el médico tratante como urgente.

Por Redacción·15 de diciembre de 2022·4 min de lectura
imagen: blog.auna.pe
Referencial

La Corte Constitucional de Colombia acogió la acción de tutela deducida por una migrante que recurrió contra un hospital por su negativa a proporcionarle un tratamiento para atender sus graves problemas de salud.

La recurrente es una migrante venezolana que se encuentra en calidad de irregular en Colombia. Adolece de una serie de problemas de salud de tipo renal y cardiovascular, por lo que al momento de los hechos se encontraba hospitalizada en un recinto hospitalario de ese país, particularmente, debido a una insuficiencia renal crónica avanzada, por lo que regularmente debe someterse a diálisis.

Dedujo una acción de tutela contra el hospital debido a su decisión de darla de alta sin conferirle la posibilidad de continuar su tratamiento de diálisis. Adujo una vulneración de sus derechos a la vida y la salud y solicitó la continuidad de su hemodiálisis.

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