España.
Mujer que asesinó alevosamente a su hija menor de edad es condenada a la máxima pena privativa de libertad prevista en el ordenamiento jurídico español.
El Jurado es contundente en el sentido de que puede existir una base patológica de trastorno en el estado mental de la acusada, pero que tal estado no influyó, ni tuvo incidencia, en el comportamiento que es objeto de este enjuiciamiento, es decir, en el hecho de que decidiera, conscientemente y con todos los preparativos, matar a su hija.

La Audiencia Provincial de Lugo (España) condenó a una madre que asesinó premeditadamente a su hija menor de edad. Impuso la máxima pena privativa de libertad prevista en el ordenamiento jurídico español debido a la gravedad del crimen, a saber la prisión permanente revisable. Por ello, estará indefinidamente tras las rejas.
Según los hechos narrados, a altas horas de la noche una mujer suministró un sedante a su hija de 7 años y después procedió a asfixiarla hasta causarle la muerte. Tras el acto intentó suicidarse ingiriendo medicamentos, lo cual fue infructuoso. Días antes de cometer el crimen consultó en internet sobre los medios para asesinar a la menor, por lo cual había previsto suministrarle un veneno.
Tras el hecho fue detenida y juzgada por una corte de primera instancia que determinó su culpabilidad. En virtud de los peritajes llevados a cabo, se acreditó que si bien la imputada padecía ciertos trastornos psiquiátricos, estos no eran suficientes para afectar su capacidad cognitiva ni para debilitar sus facultades de autocontrol. El jurado de la corte determinó su responsabilidad en los hechos, por lo que la Audiencia ahora debía determinar la pena a imponer.
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