Tribunal Constitucional.
Recurso deducido contra el Congreso de Perú por entorpecer injustificadamente la presidencia de Pedro Castillo, se rechaza al estimarse que las actuaciones denunciadas son propias del ejercicio legislativo.
Los presuntos actos lesivos que se denuncian -la presentación de la moción de vacancia presidencial y de proyectos de ley-, responden a actuaciones realizadas por los demandados en el ejercicio de sus funciones como congresistas. En tal sentido, dichos actos no inciden de modo alguno en el derecho a la libertad de los beneficiarios del habeas corpus.

El Tribunal Constitucional de Perú desestimó el recurso de agravio constitucional que un abogado dedujo contra el Congreso peruano por estimar que el poder legislativo ha entorpecido injustificadamente el mandato del Presidente de la República.
En 2021, el letrado, en favor del presidente Pedro Castillo, interpuso una demanda de habeas corpus para salvaguardar sus derechos frente a la mesa directiva del Congreso y los líderes de diversas bancadas parlamentarias. En su presentación adujo que los recurridos han vulnerado su derecho a la libertad para desempeñarse como presidente a raíz del constante acoso y amenazas de destitución que ha sufrido de parte del legislativo.
En su presentación, agregó que los recurridos se han empeñado en coartar sus facultades presidenciales para dificultar la administración del país y generar inestabilidad política. Además, da cuenta que han ejercido sus potestades de manera cuestionable.
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