No vulnera tutela judicial efectiva.
TC español desestima recurso contra declaración del estado de alarma para normalización del transporte aéreo.
El Pleno del Tribunal Constitucional español, confirmó el auto del Tribunal Supremo que rechaza, por falta de jurisdicción.

El Pleno del Tribunal Constitucional español, confirmó el auto del Tribunal Supremo que rechaza, por falta de jurisdicción, el recurso presentado por más de trescientos controladores contra la declaración del estado de alarma para la normalización del transporte aéreo, decretada por el Gobierno en diciembre de 2010.
Cabe recordar que los hechos en los que se fundamenta la demanda se produjeron a raíz de que, el 4 de diciembre de 2010, el Gobierno declarara por decreto el estado de alarma para la normalización del servicio público esencial del transporte aéreo. La decisión fue consecuencia del “conflicto” provocado por los controladores de tráfico aéreo. El 14 de diciembre, el Consejo de Ministros acordó solicitar al Congreso de los Diputados la preceptiva autorización para prorrogar el estado de alarma hasta el 15 de enero de 2011; obtenida dicha autorización, el 17 de diciembre acordó la prórroga.
De lo antes expuesto, los demandantes de amparo plantearon ante el Tribunal Supremo un recurso contencioso-administrativo contra las decisiones del Gobierno, recurso que fue inadmitido por falta de jurisdicción. La cuestión sometida a la consideración del Pleno es, pues, si la decisión del Supremo de dejar los Reales Decretos fuera del ámbito de fiscalización de la jurisdicción contencioso-administrativa vulnera o no el derecho a la tutela judicial efectiva del art. 24.1. CE.
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