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Política energética

TGUE anula decisión de la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación de los Reguladores de la Energía relativa al mercado de electricidad

El fallo concluye que ACER no podía imponer requisitos adicionales, como análisis de eficiencia económica, para incluir elementos de red internos en los cálculos de capacidad. Según el Tribunal, estos elementos solo debían considerarse “críticos” si estaban significativamente influenciados por intercambios transfronterizos. La sentencia refuerza los límites de la actuación de ACER frente a lo dispuesto por el legislador de la UE y subraya la obligación de respetar el marco jurídico europeo en materia energética.

Por Redacción·03 de octubre de 2025·2 min de lectura
imagen: cummins
Referencial

El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) anuló una decisión de la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación de los Reguladores de la Energía (ACER) relativa a la gestión de los mercados de electricidad. La sentencia establece que la agencia no podía imponer condiciones adicionales, como estudios de eficiencia económica, para incluir elementos internos de red en el cálculo de la capacidad de intercambio transfronterizo. Con ello, el Tribunal refuerza la primacía del marco legislativo europeo y limita la discrecionalidad de ACER en la regulación energética.

En 2015, la Comisión Europea aprobó un reglamento sobre la gestión de los mercados diario e intradiario de electricidad, que estableció metodologías comunes para el cálculo de la capacidad transfronteriza. La región de cálculo denominada “Core”, integrada por trece Estados miembros, debía elaborar propuestas que serían aprobadas por las autoridades reguladoras nacionales o, en caso de desacuerdo, decididas por la ACER.

En 2019, ACER adoptó una decisión sobre estas metodologías, que fue anulada en 2022 por el TGUE tras un recurso de la autoridad alemana BNetzA. Sin embargo, en 2023, la Junta de Recurso de ACER confirmó la decisión inicial, lo que llevó a BNetzA y a Alemania a presentar nuevos recursos. En estos alegaron que ACER no podía condicionar la inclusión de elementos internos de red en el cálculo de capacidad a un análisis económico y de impacto relativo al umbral de inclusión.

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