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TJUE determina que España debe recuperar los impuestos de los que estaban exentos cuatro clubes de futbol beneficiados por un régimen de “ayuda de Estado” ilícito.

Los clubes beneficiarios han recibido un régimen de ayuda genérico y abstracto que los somete a un tipo de gravamen reducido que no se encuentra vinculado a ningún proyecto de ayuda económica.

Por Redacción·07 de marzo de 2021·2 min de lectura
Imagen: Agencia EFE.
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea acogió el recurso de casación en contra de la sentencia del Tribunal General que revocó el fallo de la Comisión Europea, que resolvió que la exención que otorgó el Estado español a 4 clubes de futbol del pago de los impuestos que recaen sobre sociedades anónimas deportivas (SAD) constituye un régimen de ayuda ilegal e incompatible con las normas prescritas por el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

El conflicto surge en 2016, luego que la Comisión Europea resolviera que la exención de impuestos que España otorgó a los clubes: Real Madrid Club de Fútbol, Fútbol Club Barcelona, Club Atlético Osasuna y Athletic Club, que decidieron en 1990 no convertirse en SAD, constituye un régimen de “ayuda de Estado” que no se encuentra aprobado en conformidad al artículo 107 del TFUE, por lo que ordenó al Estado español finalizar el beneficio y recuperar los impuestos que no ha percibido de dichos clubes desde 1990.

El Futbol Club Barcelona interpuso un recurso de anulación en contra de la decisión, el cual fue acogido por el Tribunal General de la Unión Europea, al estimar que no se acreditó que la medida constituyera una ventaja económica, ya que se encuentra contrarrestado por la aplicación de un régimen tributario particular que puede llegar a ser menos favorable que el que se aplica a las SAD.

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