Caso “cócteles”
Tribunal Constitucional de Perú acoge parcialmente habeas corpus de Keiko Fujimori en caso de corrupción
Constató que se aplicó retroactivamente una figura penal no vigente al momento de los hechos atribuidos. El fallo anuló resoluciones judiciales de instancia y reafirmó la vigencia del principio de legalidad como garantía esencial del debido proceso. Además, precisó los límites del control fiscal y judicial cuando las actuaciones penales carecen de sustento normativo previo.

El Tribunal Constitucional de Perú acogió parcialmente una demanda de habeas corpus interpuesta contra resoluciones judiciales dictadas en el marco de un proceso penal por presunto lavado de activos y organización criminal. En su decisión, el Tribunal declaró la nulidad de estas constatar que una de las imputaciones se sustentaba en una norma penal posterior a la comisión de los hechos, infringiendo así el principio de legalidad. No obstante, rechazó otros extremos del recurso, por considerar que no incidían directamente en la libertad personal de la beneficiaria.
El caso se originó en 2024, cuando Keiko Fujimori Higuchi, política e hija del expresidente Alberto Fujimori, interpuso una demanda de hábeas corpus ante el Poder Judicial de Lima, cuestionando diversas resoluciones dictadas por un tribunal de instancia. La defensa solicitó la nulidad de resoluciones emitidas entre 2022 y 2023 que rechazaron excepciones de naturaleza de acción y dictaron auto de enjuiciamiento por los delitos de lavado de activos y organización criminal, en el marco del caso “cócteles”.
Este caso fue una investigación por presunto lavado de activos contra la excandidata presidencial Keiko Fujimori y su partido político, Fuerza Popular. En este contexto, la Fiscalía la acusó de liderar una organización criminal que usó eventos de recaudación de fondos, llamados «cócteles», para blanquear dinero ilícito proveniente de la constructora brasileña Odebrecht, entre otras fuentes.
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