Derecho a la identidad
Tribunal de Argentina ordenó que se entregue a una persona trans la cobertura de su tratamiento de hormonas y de depilación.
El ordenamiento argentino reconoce el derecho fundamental a la identidad de género, el que incluye el acceso a la salud integral y a las intervenciones quirúrgicas requeridas para hacer efectivo el derecho a la identidad.

La Cámara Federal de Paraná acogió el recurso de apelación interpuesto en contra de la sentencia que rechazó otorgar la cobertura del tratamiento de hormonas y depilación definitiva solicitado por una mujer trans, por considerar que se trababa de tratamientos estéticos que no estaban cubiertos por el sistema de salud.
El fallo señala que, conforme a los Principios Yogyakarta, los Estados deben adoptar “todas las medidas legislativas, administrativas y de otra índole que sean necesarias a fin de asegurar el acceso, en igualdad de condiciones y sin discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género, a la seguridad social y a otras medidas de protección social…”.
En este sentido, advierte que la actora requiere, entre otras cosas, un tratamiento hormonal y de depilación definitiva para cambiar su imagen, no en un sentido estético, sino que en virtud de su autopercepción e identidad de género. Al respecto, precisa que los tratamientos solicitados no se limitan a la autopercepción psicológica, “sino que se despliegan, asimismo, en manifestaciones exteriores y sociales, que no se limitan a una cuestión meramente estética, sino que están íntimamente relacionadas con su salud psicofísica”.
Comentarios (1)
Antoine Peñaloza Degenerados.
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