Pornografía infantil.
Tribunal de Argentina se pronuncia sobre la vigilancia de la actividad digital de los padres respecto de sus hijos.
El seguimiento de la actividad digital por parte de los padres respectos de sus hijos “debe ser proporcionado y acorde con las capacidades en evolución”.

La Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional confirmó la resolución de primera instancia que, a su vez, rechazó la acción de nulidad interpuesta en contra de la resolución que ordenó la inspección de un teléfono celular.
El caso se refiere a la inspección que realizó una madre en el teléfono celular de su hija, menor de edad, en donde encontró un video en que su ex novio enfocaba los genitales y los senos de su hija, video que se encontraba en una carpeta de contenido pornográfico. En virtud de lo anterior, la madre de la menor efectuó una denuncia en contra de su ex pareja por explotación sexual infantil. En este contexto, el Ministerio Fiscal ordenó la inspección del teléfono de la menor.
La defensa, por su parte, se opuso a la pericia ordenada, por cuanto consideró que el material digital había sido obtenido con la vulneración de los derechos fundamentales de la menor, concretamente, de su derecho a la intimidad y privacidad.
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