Medios de prueba.
Tribunal de Argentina rechaza solicitud para anticipar una prueba pericial de arquitectura sobre el estado actual de la construcción de las áreas comunes de un edificio.
Lo que se exige es que se acredite el temor fundado de que la producción de la prueba pudiera ser imposible o muy dificultosa en el periodo probatorio.

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de Argentina, confirmó la sentencia de instancia que desestimó recibir anticipadamente la prueba pericial de arquitectura.
El caso tiene su origen luego que una constructora inmobiliaria le entregó el bien inmueble adquirido tardíamente a la recurrente y además no cumplió con las características prometidas para las áreas comunes, cuya construcción no respetó el plano original, motivo por el cual, aquella demandó el pago de una indemnización por los daños y perjuicios por incumplimiento contractual.
Solicitada la prueba anticipada el tribunal de instancia rechazó la solicitud. El recurrente alegó que la petición de anticipar la prueba anticipada no se funda en la imposibilidad o dificultad de realizarla en el momento procesal oportuno, sino en el cambio de las circunstancias fáctica a peritar, que haría desaparecer la razón de ser de parte del reclamo.
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