Tribunal Constitucional de Perú.
Universidad no contravino normativa que exige a docentes acreditar sus postgrados en una fecha determinada, pues no solicitó su cumplimiento anticipado.
La Ley dictada en plena pandemia, extiende el plazo hasta el 30 diciembre de 2023 para que los profesores que cursaban un magíster o doctorado al 30 de noviembre de 2021, acrediten sus postgrados ante la autoridad. Esta acreditación es un trámite necesario para que puedan ejercer labores de docencia. En caso contrario, se arriesgan a ser despedidos.

El Tribunal Constitucional de Perú desestimó el recurso de agravio constitucional deducido por un docente que alegó que su universidad le exigió acreditar anticipadamente sus estudios de postgrado, contraviniendo así la normativa vigente.
La Ley 31364 (la Ley), dictada en plena pandemia, extiende el plazo hasta el 30 diciembre de 2023 para que los docentes que cursaban un magíster o doctorado al 30 de noviembre de 2021, acrediten sus postgrados ante la autoridad. Esta acreditación es un trámite necesario para que puedan ejercer labores de docencia. En caso contrario, se arriesgan a ser despedidos.
Al tenor de la norma, el recurrente demandó a la universidad en la cual se desempeñaba como profesor tras recibir una carta de esta. En ella se le solicitaba remitir los antecedentes necesarios al departamento de recurso humanos para acreditar la continuación de estudios de postgrado y su plazo de finalización. El docente estimó que esta exigencia vulnera sus derechos al debido proceso y al trabajo, pues, en virtud de la Ley, el plazo para remitir esta información aún no expira.
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