Argentina.
Yahoo y Google deben indemnizar a famosa modelo por suprimir tardíamente de sus buscadores el contenido que la vinculaba con sitios web de servicios sexuales.
Las compañías no actuaron con la debida diligencia luego de tener conocimiento efectivo del contenido lesivo denunciado por la recurrente. Es su inacción deliberada lo que revela su obrar culposo y, por ende, genera la obligación de reparar.

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil (Argentina) acogió el recurso de apelación deducido por una famosa modelo que fue vinculada a páginas web para adultos. Elevó el monto indemnizatorio fijado en primera instancia, a causa de la inacción y negligencia de las demandadas en cumplir, en tiempo y forma, una medida cautelar que les ordenó eliminar los registros agraviantes.
Según constató la recurrente, sus fotos fueron publicadas en varios sitios web de servicios sexuales sin su consentimiento, por lo que solicitó a Google y Yahoo que eliminaran estos registros de sus buscadores, por lesionar sus derechos derechos personalísimos al honor, al nombre, a la imagen, a la dignidad y a la intimidad. Ante su negativa a cumplir la solicitud, las demandó en sede judicial. Durante la tramitación del caso el juzgado dictó una medida cautelar y ordenó a las compañías bloquear los registros agraviantes.
En su contestación, señalaron que no son responsables del contenido que publican los internautas en sus páginas web, y que, por ende, no es su responsabilidad determinar la legalidad y veracidad de las publicaciones de terceros. Además, adujeron que su función no es difundir páginas web, sino solo comunicar su existencia en razón de los patrones ingresados en el buscador y que no tienen la obligación legal de establecer filtros.
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