Corte acoge amparo de defensoría
Abogados de Defensoría Penal Pública se encuentran facultados para actuar en representación de imputados sin necesidad de formalidades adicionales.
No se puede declarar inadmisible recurso de nulidad por no acompañar patrocinio y poder de abogada de la Defensoría, ya que por el solo misterio de la ley lo tiene. Aunque no se haya informado formalmente al condenado sobre el cambio de abogado defensor debido a la renuncia del anterior, esa falta de comunicación no puede ser utilizada como una razón válida para declarar inadmisible el recurso de nulidad presentado por la nueva defensora.

La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió un recurso de amparo en contra del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Osorno, por no admitir a trámite un recurso de nulidad interpuesto por la Defensoría Penal Pública en contra de la sentencia que condenó al acusado a dos penas de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio, como autor de delitos de violación y de femicidio frustrado.
El recurrente alegó que los sentenciadores vulneraron el derecho a defensa, ya que si bien la abogada de la Defensoría Penal Pública no cumplió con lo ordenado por el recurrido, esto es, comparecer en forma, luego de que interpusiera el recurso de nulidad, no tenía dicha obligación, desde que por el solo ministerio de la Ley los abogados de la Defensoría Penal Pública se encuentran facultados para actuar en representación de los imputados sin necesidad de formalidades adicionales, por lo que pese a no ser su abogada titular de la causa sí estaba facultada para interponer el recurso de invalidación.
Aduce que, no solo se desconoció la validez del patrocinio y poder que otorga el artículo 54 de la Ley N°19.718 a los abogados de la Defensoría, sino que, además, se vulnera la libertad personal y seguridad individual del sentenciado, por cuanto al no cumplir la abogada con lo ordenado por el Tribunal, éste declaró firme y ejecutoriada la sentencia, rechazando los recursos de reposición interpuestos para restablecer el trámite del recurso de nulidad, afectando gravemente los derechos del condenado.
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