Igualdad ante la ley.
Acción de protección contra Ministerio de Justicia al que se le imputa no adoptar las medidas necesarias para la rendición de examen de aptitud de mediador familiar con discapacidad, es rechazada por la Corte de Rancagua.
El recurrente acusó que durante la evaluación para optar al cargo de mediador familiar licitado no se tomó en cuenta su especial situación de discapacidad, vulnerando el derecho de igualdad ante la ley.

La Corte de Rancagua rechazó la acción de protección interpuesta por un mediador familiar en contra del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos por impedirle repetir su examen teórico para renovar el cargo de mediador familiar para el período de 2022-2027.
El recurrente, quien presenta una discapacidad global de un 54%, acusa que la cartera de justicia no habría tomado las medidas necesarias para que pudiera rendir el examen teórico para optar al cargo licitado de mediador familiar, considerando que él informó con antelación su situación a través de correo electrónico.
En concreto, alega que al momento de rendir la evaluación, los examinadores y el resto de postulantes habrían hecho un ruido excesivo, el cual incrementó su discapacidad auditiva producida por el tinnitus que padece, sumado a que a su facsímil se le agrandó en demasía el tamaño de la fuente, lo que le impedía leer fluidamente, por lo que perdió tiempo valioso para poder seguir desarrollando dicha prueba.
Te puede interesar

Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Es imperativo observar el principio de presunción de minoría al momento de evaluar las solicitudes de asilo de migrantes menores de edad.

Recurso de protección acogido.
MOP debe informar dentro del plazo de 60 días las soluciones para implementar mejoras a la seguridad vial de Avenida de acceso a la ciudad de Antofagasta.

Juicio de cobranza previsional.
Proscripción de la prisión por deudas no limita los mandatos de la autoridad judicial dictados por incumplimiento de deberes alimentarios.

