Diario Constitucional

Línea jurisprudencial.

Acción reivindicatoria. Cuota hereditaria. Concepto.

Cuáles son los requisitos para la reivindicación de la cuota. ¿Existe acción reivindictoria de cuota entre comuneros de una herencia? ¿Todos los comuneros deben actuar de consuno o puede uno de ellos actuar en representación de los otros? son algunas de las líneas jurisprudenciales que puede leer a continuación.

Por Redacción·19 de junio de 2024·22 min de lectura
Imagen: grupomedicodurango.com
Referencial

La acción reivindicatoria o también conocida como reivindicación de la cuota está reglada en los artículos 1264 y 1265 del Código Civil. Las Cortes han fijado sobre este punto los siguientes criterios.

1.- Concepto.

Según se desprende de las normas contenidas en los artículos 1264 y 1265 del Código Civil, quien acredite su derecho a una herencia, ocupada por otra persona en calidad de heredero, tendrá acción para que se le adjudique la herencia, y se le restituyan las cosas hereditarias que al tiempo de la muerte pertenecían al difunto, así como a los aumentos que posteriormente haya tenido la herencia.

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