Recurso de protección acogido por la Corte Suprema.
Asociación gremial de Arica debe reincorporar a socios “borrados” de lista de socios por supuestos incumplimientos reglamentarios.
La magistratura estimó que la expulsión de los recurrentes vulneró la igualdad ante la ley, y fue realizada mediante un acto que no observó las reglas del debido proceso, al aplicar la sanción más severa del reglamento interno de la agrupación, sin brindar ninguna posibilidad a los actores para que pudieran controvertir o aportar pruebas que desvirtuaran los cargos formulados.

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Arica, que acogió el recurso de protección interpuesto por un grupo de socios de la Asociación Gremial de Comerciantes Mayoristas, Minoristas y Agricultores del Terminal Agropecuario (ASOCAPEC), en contra de la misma asociación, por el acto arbitrario e ilegal de borrarlos de las listas de socios sin expresión de causa.
Los recurrentes sostuvieron que el acto recurrido es arbitrario e ilegal, ya que atenta contra la igualdad ante la ley y el derecho a no ser juzgado por comisiones especiales, pues la directiva de la agrupación gremial los “borró” del listado de socios sin ningún tipo de motivación aparente, lo que les impidió ejercer sus derechos sociales, especialmente el de poder presentarse a la elección de la mesa directiva y sufragar.
Los actores afirman que el desconocimiento de su calidad de socios, obedeció a una maniobra de la actual dirigencia para impedir que los recurrentes se presenten como lista opositora para los cargos directivos; por lo tanto, solicitan a la Corte que deje sin efecto la expulsión decretada por la colectividad y reestablezca el imperio del derecho.
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