Recurso de nulidad rechazado.
Condena impuesta a acusada que formaba parte de una red de tráfico de droga que ingresaba cocaína desde Bolivia, se confirma por la Corte Suprema.
La encartada fue detenida en un servicentro de la ruta 5 norte, mientras se dirigía hacia la capital con un cargamento de cocaína listo para ser comercializado. La magistratura estimó que el reconocimiento de la acusada y los coimputados mediante el levantamiento de imágenes de seguridad del local de comida en que repostó es un acto autónomo permitido a la policía, que no requiere autorización expresa debido a las diligencias previas autorizadas por el tribunal en contra de los partícipes.

La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Colina, que -entre otros partícipes- condenó a la imputada a la pena de ocho años de presidio mayor en su grado mínimo, como autora del delito consumado de tráfico ilícito de drogas.
La madrugada del día 16 de septiembre de 2021, en un servicentro de la ruta 5 norte, en la comuna de Lampa, funcionarios de Carabineros realizaron un control de identidad a la acusada y sus acompañantes, en virtud de un seguimiento e investigación previa, debido a que los encartados forman parte de una agrupación que interna droga al país desde Bolivia, y la traslada a la capital por vía terrestre.
En dicho contexto, la imputada es detenida, y los agentes registraron los vehículos en que se desplazaba la encartada y los coimputados, incautando la cantidad total de 18 kilos de cocaína, así como dinero en efectivo, por lo que la acusada fue puesta a disposición de la justicia.
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