Diario Constitucional

Recurso de nulidad acogido.

Condena por apremios ilegítimos impuesta a funcionaria de Carabineros se anula por la Corte Suprema.

El máximo Tribunal estimó que los sentenciadores no explican por qué prefirieron los testigos de oídas que respaldaban la declaración de la víctima. Asimismo, cuestionó el hecho que se haya considerado como causa del aborto espontáneo sufrido por la víctima, al golpe en la zona genital propinado por la acusada, en circunstancias que los peritos médicos declararon en juicio que es normal la interrupción espontánea del embrazo en las primeras semanas de gestación, como ocurrió en la especie.

Por Redacción·29 de abril de 2024·4 min de lectura
Imagen: radio.uchile.cl
Referencial

La Corte Suprema acogió el recurso de nulidad interpuesto en contra del Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, que condenó a la imputada a las penas de cinco años de presidio menor en su grado máximo, y a siete años y un día de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos, como autora del delito consumado de apremios ilegítimos.

El día 26 de mayo de 2016, a las 11:00 horas, mientras se realizaba una marcha estudiantil no autorizada en el centro de Santiago, la víctima fue detenida por funcionarios de Fuerzas Especiales de Carabineros de Chile, entre los cuales se encontraba la imputada, Cabo 2° de Carabineros, por haber tratado de interferir en la detención de un grupo de estudiantes que se encontraban en la Alameda Libertador Bernardo O’Higgins, a la altura de la estación de metro Universidad Católica, frente al Centro Cultural Gabriela Mistral, en la comuna de Santiago. Una vez detenida, fue trasladada a la 3° Comisaría de Santiago alrededor de las 11:45 horas, lugar en donde trataron de esposarla, acercándose al lugar más Carabineros, quienes procedieron a sostenerla de los brazos y piernas. En ese momento la imputada, procedió a propinarle una patada en la vagina, lo que a la postre devino en la interrupción de un embarazo inicial, que no era evidente a la víctima ni de conocimiento de la imputada.

En contra de la sentencia condenatoria, la funcionaria policial acusada dedujo recurso de nulidad invocando la causal contenida en la letra e) del artículo 374 del Código Procesal Penal, en relación a los artículos 342 letra c) y 297 del mismo cuerpo legal, por infracción al principio de razón suficiente.

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