En fallo dividido.
Corte de Apelaciones de Santiago rechaza demanda contra hospital por supuesta negligencia al no informar a la demandante resultado de exámenes.
El Tribunal de alzada descartó error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por el Decimotercer Juzgado Civil de Santiago, que rechazó la demanda.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó la demanda presentada en contra del Hospital Clínico de la Universidad de Chile por supuesta negligencia al no informar a la demandante resultado de exámenes.
El fallo señala que a la fecha de la ocurrencia de los hechos no existía normativa respecto de la obligación de los profesionales-médicos, en orden a notificar al paciente del resultado de exámenes de carácter grave, lo que se vino a regular con posterioridad, con la dictación de la Ley N° 20.584 de 13 de abril de 2012 y su Reglamento, Decreto N° 38, del Ministerio de Salud, sobre los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención de salud y, coetáneo con dicha ley, entre otros, se dictó el Decreto N° 41 que aprueba el reglamento sobre fichas clínicas.
La resolución afirma que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma, en todas sus partes, la sentencia apelada dictada por el 13° Juzgado Civil de Santiago, en causa C- 2918-2016.
Te puede interesar

CGR.
Funcionarios del Hospital Clínico de la Universidad de Chile deben computar una antigüedad mínima de siete meses para tener derecho al bono especial de emergencia sanitaria COVID-19.

Recurso de casación en el fondo acogido, en fallo dividido.
El plazo para reclamar del monto provisorio de la indemnización por expropiación se interrumpe con la interposición de la demanda, resuelve la Corte Suprema.

Recurso de casación acogido en fallo dividido.
Corte Suprema declara competente a tribunal civil para tramitar demanda por incumplimiento de contrato de arriendo de consulta médica.

