Diario Constitucional

No se analizó toda la prueba incorporada al juicio.

Corte de Arica acogió recurso de nulidad deducido contra sentencia que declaró ajustado a derecho el despido efectuado por la SEREMI de Salud.

El sentenciador había declarado justificado el despido del actor fundado en la causal prevista en el artículo 159 N°5 del Código del Trabajo.

Por Redacción·03 de mayo de 2021·4 min de lectura
Corte de Arica acogió recurso de nulidad deducido contra sentencia que declaró ajustado a derecho el despido efectuado por la SEREMI de Salud.
Referencial

La Corte de Apelaciones de Arica acogió el recurso de nulidad deducido en contra de la sentencia dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo, que rechazo la demanda de despido indebido deducida en contra de la SEREMI de Salud.

El fallo indica que el demandante se alzó de nulidad invocando subsidiariamente las causales del artículo 478 letra e) en relación con el artículo 459 N°4 y 477 del Código del Trabajo.

En cuanto al motivo principal de nulidad, el recurrente sostuvo que fue un hecho no controvertido del juicio que el actor fue contratado inicialmente para el traslado de enfermos, para luego ser derivado a cumplir funciones en la Residencia Sanitaria ubicada en el Hotel Saint Georgette, acusando que el sentenciador arribó a la conclusión que habiéndose cerrado dicha Residencia Sanitaria se verificó la causal de despido, pero omitiendo señalar qué razonamiento le permitió concluir que el actor fue contratado para trabajar en una residencia específica, cómo analizó la prueba y cómo pudo concluir y tener por cierto que esa residencia sanitaria fue cerrada y que, por consiguiente, las labores para las cuales fue contratado habían finalizado; ya que el análisis que realizó del contrato de trabajo y de la Resolución Exenta del MINSAL, no conduce a la decisión adoptada.

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