No hubo vulneración a un derecho fundamental.
Corte de Valparaíso desestimó recurso de protección deducido por un funcionario cuya remuneración fue reducida mientras se encuentre separado de sus funciones.
La decisión se adoptó dentro del procedimiento sumario seguido en contra del actor.

La Corte de Apelaciones de Valparaíso desestimó el recurso de protección deducido en contra de la JUNJI por un funcionario cuya remuneración fue reducida mientras se encuentre separado de sus funciones.
El actor alegó la vulneración de las garantías establecidas en el artículo 19 N°2, N°3 y N°24 de la Constitución, señalando que fue separado de sus funciones en el marco de un procedimiento sumario que se sigue en su contra y que, desde el mes de febrero de 2021, se le rebajó su remuneración en un 50%, sin haber sido notificado de resolución alguna al respecto ni tampoco haber concluido el referido sumario.
Por su parte, la recurrida confirmó la existencia del sumario en contra del actor por hechos que podrían ser constitutivos de acoso laboral en contra de subalternas, precisando que el procedimiento se encuentra en etapa resolutiva por lo que detenta carácter de secreto. En cuanto a la materia recurrida, señaló que la rebaja en la remuneración del actor es consecuencia de la decisión de suspenderlo de sus funciones a contrata, que le fue notificada en abril de 2019 cuando el Fiscal del sumario propuso en su dictamen la medida de destitución, en conformidad conforme al artículo 136 del Estatuto Administrativo. Adicionalmente, sostuvo que el arbitrio se dirige en contra de un acto intermedio, lo que no permite considerar la legitimidad final del acto.
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