Diario Constitucional

Denunciada actuó de buena fe.

Corte de Concepción confirmó sentencia que desestimó denuncia de CONAF por corta o explotación no autorizada de bosque.

El fallo concluye manifestando que la denunciada actuó de buena fe al realizar la conducta reprochada por la denunciante.

Por Redacción·23 de octubre de 2016·2 min de lectura
Corte de Concepción confirmó sentencia que desestimó denuncia de CONAF por corta o explotación no autorizada de bosque.
Referencial

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Concepción confirmó la sentencia del Juzgado de Policía Local de Quilleco, que absolvió a la Cooperativa Eléctrica Los Ángeles (COOPELAN) de la denuncia interpuesta por la Corporación Nacional Forestal (CONAF), por corta o explotación no autorizada de bosque y, como consecuencia de ello, no dio lugar al comiso de las maderas explotadas por no haber dispuesto de ellas la denunciada y que rechazó la solicitud de reforestación, por no ser procedente y además estimarse incompatible con lo resuelto.

En su sentencia, la Corte señaló que la controversia jurídica se refiere, básicamente, al derecho y deber de mantención de una línea eléctrica por parte de la cooperativa eléctrica denunciada, cuidando la vegetación existente en el lugar, especialmente la nativa, ello por un lado, y la necesidad de sanción cuando el ejercicio de ese derecho no se ajusta a la normativa forestal vigente amparada en un plan de manejo, por otro.

Asimismo, hace presente que la denunciada admitió no haber tenido un plan de manejo de corte para ejecutar obras civiles, siendo ello, por ende, un hecho de la causa, pues efectivamente cortó especies arbóreas debajo la línea de transmisión eléctrica, pudiendo transgredir con ello las normas legales sobre servicios eléctricos y las forestales.

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