Tutela laboral.
Corte de Concepción revocó resolución que no dio lugar a medidas cautelares solicitadas contra la Corporación de Asistencia Judicial de la Región del Biobío.
Las disposiciones del Estatuto Administrativo no son aplicables a sus funcionarios.

La Corte de Apelaciones de Concepción revocó la resolución dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo, que no dio lugar a las medidas cautelares solicitadas por el denunciante en contra de la Corporación de Asistencia Judicial de la Región del Biobío, en juicio de tutela laboral.
El fallo indica que el actor solicitó se ordenara al Director General de la denunciada suspender la investigación sumaria instruida y ampliada en su contra, así como suspender las facultades de juzgamiento del Consejo Directivo de la denunciada, bajo apercibimiento de multa de 50 a 100 UTM.
Agrega que el tribunal a quo resolvió que, en virtud de los los antecedentes y documentos acompañados al juicio, no se lograba acreditar razonablemente el fundamento y la necesidad del derecho reclamado ni la existencia de motivos graves para llevar a efecto la medida solicitada, no dando lugar a la solicitud de suspensión de los efectos del acto impugnado.
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