En fallo unánime.
Corte de La Serena ordena al Servicio de Salud Coquimbo pagar indemnización por muerte de paciente que acudió en siete ocasiones al servicio de urgencia.
Se ratificó la sentencia recurrida, dictada por el Segundo Juzgado de Letras de La Serena.

En fallo unánime, la Corte de La Serena condenó al Servicio de Salud Coquimbo a pagar una indemnización por daño moral al esposo e hijos de María Isabel Campusano Juica, paciente que falleció en el Hospital de Ovalle por una necrólisis epidérmica tóxica, tras acudir en siete ocasiones al servicio de urgencia del centro asistencial.
Cabe señalar que se ratificó la sentencia recurrida, dictada por el Segundo Juzgado de Letras de La Serena, y aumentó los montos a pagar al cónyuge de la víctima a $40.000.000 y cada uno de los dos hijos, $20.000.000.
En el fallo de primera instancia se sostiene que efectivamente se configuran los requisitos para estimar una falta de servicio en la atención de emergencias del Hospital de Ovalle hacia doña María Isabel, de modo que el hecho constitutivo de dicha falta es un servicio prestado tardíamente o en una forma inadecuada de conformidad con el estándar de servicio que el público tiene derecho a esperar.
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