Principio de confianza legítima.
Corte de Santiago acoge recurso de protección deducido por funcionaria a contrata en contra del Consejo Nacional de Televisión.
La actora llevaba nueve años prestando servicios para la recurrida.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección deducido por una funcionaria en contra el Consejo Nacional de Televisión, que dispuso la no renovación de su contrata.
La actora denunció la vulneración del derecho a la igualdad ante la ley, el derecho de propiedad, la libertad de trabajo y el principio de confianza legítima, a raíz de la resolución exenta que dispuso la no renovación de su contrata para el año 2021, en circunstancias que ingresó al servicio en el año 2011 y siempre fue calificada en lista 1.
Agregó que el acto es ilegal, en cuanto incumple el Dictamen N°6400 de la Contraloría, ya que no se suprimieron las funciones de difusión de proyectos que desempeñaba, pues tales no son esporádicas ni transitorias, ya que la misma resolución indica que área continuará realizándolas.
Te puede interesar

No hubo un acto ilegal ni arbitrario.
Corte de San Miguel desestimó recurso de protección deducido por paciente a la cual se le negó el financiamiento del tratamiento contra el cáncer.

"El imputado mantuvo engañada a víctima respecto de que entre ellos había un contrato de mutuo o préstamo".
CS invalidó la sentencia que rechazó el pago de una indemnización por concepto de daño emergente provocado por contrato fraudulento de compraventa de departamento ubicado en la comuna de Providencia, cuyo autor fue condenado por estafa en sede penal.

En fallo dividido.
CS rechaza recursos de nulidad presentados por siete excarabineros y un abogado, todos condenados por el Caso Catrillanca.

