En el marco del estallido social.
Corte de Santiago anula condena de tortura contra carabineros acusados de agresión a joven en La Florida.
El tribunal de Alzada dictó una nueva sentencia contra los uniformados por apremios ilegítimos y rebajó la pena impuesta. Jorge Martínez, abogado de los policías, indicó que “no por ser personas que visten un uniforme y tratan de hacer cumplir la ley y el orden público, deben ser tratados con menos derechos que los demás civiles”.

La Corte de Apelaciones de Santiago descartó que se haya registrado el delito de torturas en el caso de dos carabineros investigados por golpear a un joven en la comuna de La Florida, hecho ocurrido el 21 de octubre de 2019 en el marco del estallido social y mientras regía el toque de queda. De acuerdo al tribunal de alzada, y tras estudiar los antecedentes, se estableció que se trató del delito de apremios ilegítimos, desechando la tesis de que había existido un acto de tortura.
El fallo en primera instancia estuvo a manos del Séptimo Tribunal Oral en lo Penal de Santiago, que condenó por el delito de torturas a los carabineros Alexis Contreras y Felipe Cifuentes por golpear con su bastón institucional a un adolescente. Para ambos uniformados se les dictó una pena de cuatro años de cárcel efectiva.
Ante esta resolución, los abogados de los uniformados, presentaron un recurso de nulidad ante la Corte de Apelaciones de Santiago, en el cual pidió que se dictara una sentencia de reemplazo con el delito de apremios ilegítimos, asegurando que los jueces habrían hecho una errada interpretación del Derecho, pues no consideraron todos los elementos que deben configurarse acreditar la tortura.
Comentarios (1)
Tomas Absolutamente repugnante el que estos DELINCUENTES, no sean castigados COMO ES DEBIDO.
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