Sentencia anulada de oficio.
Demandado deberá pagar más de 100 millones de pesos a título de perjuicios causados por un incendio en el local que arrendaba.
El máximo Tribunal estimó que el demandado tenía responsabilidad civil extracontractual, al omitir los deberes de cuidado y mantención de la red eléctrica del lugar.

La Corte Suprema anuló de oficio las resoluciones dictadas por la Corte de Santiago y el tribunal de base, que acogieron una excepción de falta de legitimación pasiva y, por tanto, desestimaron una demanda de indemnización de perjuicios.
Una empresa fue demandada por su responsabilidad civil extracontractual en la falta de cuidado de la red eléctrica del local comercial que arrendaba, a causa de lo cual se produjo un incendio en enero de 2013, que afectó al local arrendado y a nueve más que se encontraban contiguos a este en un sector comercial de la ciudad de Rengo, y que eran propiedad de las demandantes.
Las actoras solicitaron que por el actuar negligente de la demandada, por omisión de los deberes de cuidado relacionado a la falta de mantenimiento de las instalaciones eléctricas del inmueble arrendado por un lapso superior a nueve años, se le condenara al pago de $196.292.880 por daño emergente, y a $56.9110.144 a título de lucro cesante.
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