Recurso de nulidad rechazado.
Corte de Santiago confirma condena por tráfico de drogas organizado y dirigido por recluso desde penal de Colina.
El Tribunal de alzada descartó error en la valoración de la prueba y vulneración al principio de congruencia de la resolución impugnada, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Colina.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa en contra de la sentencia que condenó a su representado, Luis Eulogio Castillo Poblete, a la pena de 15 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de tráfico de drogas. Ilícito perpetrado en mayo de 2018, desde el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Colina 1, recinto penal en que se encontraba recluido.
La resolución señala que, aparece que los reparos que el recurrente endilga al fallo no son efectivos, desde que la contundencia de las declaraciones de testigos, la documental, escuchas telefónicas, monitoreo telefónico y vigilancias en distintas partes del país, permitieron a los jueces desentrañar la dinámica y operativa de la comisión del delito y la participación del Castillo Poblete.
Agrega que en los razonamientos que dan cuenta de la valoración de tales antecedentes probatorios no se vulneró el principio de no contradicción ni razón suficiente, ni asumió el tribunal un rol productor de prueba o acreditó hechos y participación con ausencia de probanzas, según se lee del fallo a partir del considerando octavo, noveno y décimo, que se revisa.
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