"El in dubio pro operario, no se vislumbra de qué modo puede existir infracción en el fallo".
Corte de Santiago confirma fallo que acogió demanda laboral y cobro de prestaciones de extrabajadora contra academia aeronáutica.
El Tribunal de alzada descartó infracción a las reglas de la sana crítica en la resolución recurrida, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que acogió la demanda.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad presentado en contra de la sentencia que acogió demanda de relación laboral y cobro de prestaciones de extrabajadora de la Academia Chilena de Aeronáutica Civil.
La sentencia sostiene que, como se ha dicho reiteradamente por esta Corte, la causal deducida exige dos requisitos: Primero, que la infracción a las normas sobre valoración de la prueba, conforme a reglas de la sana crítica, sea manifiesta, esto es, evidente, ostensible, capaz de ser percibida a simple vista. Lo segundo es que se indiquen cuáles son las reglas de la sana crítica que se estiman trasgredidas y de qué forma se produce esta infracción.
La resolución agrega que en cuanto a lo primero, lo cierto es que el arbitrio no cumple con ese supuesto, desde que el recurrente se limita solo a discrepar del raciocinio valorativo que hace la juez de base en los motivos séptimo y octavo del fallo impugnado, para concluir que la actora no logró probar el despido que atribuye a la contraria. Determinante en ese análisis es que no corresponde la fecha del despido que indicó la actora en su demanda, con la que aporta la prueba rendida, lo que impide dar por establecido el despido esgrimido por la demandante, al no existir claridad en la fecha y forma en que ocurrió ese acontecimiento.
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