Diario Constitucional

"Privó a 6.195 usuarios finales por 7 horas y 43 minutos, quienes pagan por un servicio continuo".

Corte de Santiago confirma multa a empresa de electricidad por interrupción de servicios.

El Tribunal de alzada descartó infracción en la resolución sancionatoria adoptada por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) a la empresa.

Por Redacción·15 de julio de 2021·2 min de lectura
Imagen: www.revistaei.cl
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La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó la reclamación deducida por la empresa eléctrica Engie Energía Chile SA y confirma la multa de 2.000 UTM aplicada por interrupciones al servicio, en la comuna de Mejillones, en junio de 2016.

La sentencia sostiene que constituye un hecho indubitado que la sanción impuesta a la reclamante tuvo su origen en una falla en la Subestación Mejillones el 3 de junio de 2016, que dejó sin suministro de energía a 6.195 usuarios por un período de 7 horas y 43 minutos. Además, tal situación fue provocada por la salinidad del ambiente y el sometimiento prolongado a corrientes superiores a las de diseño de un conductor de la empresa ENGIE, dejando, consecuentemente, sin suministro eléctrico a la empresa ELECDA, y con ello, a los consumidores finales.

La resolución agrega que, la falla antedicha, constituye una falta grave, que provocó el mentado corte en el suministro de electricidad, poniendo con ello en peligro ‘la regularidad, continuidad, calidad o seguridad del servicio’, privando, como ya se dijo, a 6.195 usuarios finales por 7 horas y 43 minutos, quienes, por lo demás, pagan por un servicio continuo, y que en los tiempos que corren constituye un elemento esencial para la vida cotidiana de aquellos.

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