Acceso a la información
Corte de Santiago ordena entregar información sobre multas cursadas por JUNAEB
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto por la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas (JUNAEB) en contra del Consejo para la Transparencia, confirmando la decisión que ordenó entregar información sobre multas cursadas a empresas proveedoras del…

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto por la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas (JUNAEB) en contra del Consejo para la Transparencia, confirmando la decisión que ordenó entregar información sobre multas cursadas a empresas proveedoras del servicio de alimentación, aun cuando algunas se encontraran pendientes de resolución definitiva.
La controversia se originó a raíz de una solicitud de acceso a información sobre las multas cursadas a empresas adjudicatarias de una licitación de JUNAEB, incluyendo aquellas que no se encontraban ejecutoriadas o que tenían recursos administrativos pendientes. El organismo entregó información sobre las multas firmes, pero denegó aquella relativa a procedimientos aún en tramitación, invocando la causal de reserva del artículo 21 N°1, letra b), de la Ley N°20.285, referida a antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución.
El Consejo para la Transparencia acogió el amparo y ordenó entregar la información, al estimar que JUNAEB no había acreditado de manera concreta cómo su publicidad afectaría el debido cumplimiento de sus funciones.
JUNAEB recurrió ante la Corte, sosteniendo que la divulgación de multas aún no definitivas podía afectar el procedimiento sancionatorio establecido en las bases de licitación, la certeza jurídica de los proveedores y el cumplimiento de sus funciones. Asimismo, alegó que la decisión del Consejo desconocía un pronunciamiento de la Contraloría General de la República que había instruido al organismo abstenerse de entregar determinada información relativa a incumplimientos aún no sancionados.
Por su parte, el Consejo para la Transparencia solicitó el rechazo del reclamo, argumentando que la información obraba en poder de JUNAEB y, por regla general, era pública. Añadió que el organismo no había demostrado una afectación concreta a sus funciones que permitiera configurar la causal de reserva invocada.
Al resolver, la Corte de Santiago señaló que la causal de reserva exige que la información corresponda a deliberaciones previas a una decisión y que su divulgación afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano. En este caso, estimó que ninguna de dichas condiciones se encontraba configurada.
En particular, el tribunal sostuvo que las multas cuya información se solicitaba ya habían sido cursadas, por lo que no constituían meras deliberaciones previas a la adopción de una decisión. Agregó que el hecho de que algunas sanciones se encontraran pendientes de resolución definitiva no impedía su divulgación, siempre que se informara expresamente su carácter provisional y la posibilidad de que fueran modificadas o dejadas sin efecto.
“la información puede ser entregada de una manera veraz y que no induzca a error a quien la recibe, detallándose que las sanciones aún se encuentran en proceso de revisión y que pueden eventualmente ser modificadas o dejadas sin efecto posteriormente”.
Asimismo, la Corte estimó que JUNAEB no explicó de manera concreta de qué forma la publicidad de los antecedentes afectaría el cumplimiento de sus funciones. Señaló que las bases de licitación contemplaban un procedimiento para cursar sanciones, pero no establecían que este fuera reservado. Por el contrario, consideró que la difusión de las multas podía dar cuenta de una fiscalización activa del cumplimiento de las obligaciones contractuales.
El tribunal también descartó que el pronunciamiento de la Contraloría invocado por JUNAEB resultara aplicable al caso, pues aquel se refería a incumplimientos que eventualmente podían dar lugar a multas antes de que estas fueran efectivamente aplicadas. En cambio, la información solicitada en este caso se refería a multas ya cursadas, aunque algunas estuvieran sujetas a recursos administrativos o no se encontraran ejecutoriadas.
En mérito de lo expuesto, la Corte de Santiago rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto por JUNAEB y mantuvo la decisión del Consejo para la Transparencia que ordenó entregar la información solicitada.
La decisión fue acordada con el voto en contra del ministro suplente Christian Carvajal, quien estuvo por acoger el reclamo. El disidente estimó que, mientras no existiera una conclusión formal del procedimiento administrativo, no podía considerarse técnicamente que se hubiese cursado una sanción definitiva. A su juicio, la entrega de antecedentes podía afectar el principio de inocencia administrativa, los derechos de terceros y el debido proceso, además de situar a JUNAEB en una posición contraria a las instrucciones impartidas por la Contraloría General de la República.
Vea sentencia Corte de Santiago Rol N°252-2025 (Contencioso Administrativo).
Temas
Te puede interesar

Contratación pública
Corte de Santiago descarta vínculos entre sociedades adjudicatarias y confirma adjudicación del Programa de Alimentación Escolar realizada por JUNAEB

Ley de Transparencia
Corte de Santiago respalda a JUNAEB y rechaza entrega masiva de información sobre dietas y raciones escolares

Tarjeta Nacional Estudiantil
Contraloría ratifica que el Pase de Educación Superior solo puede usarse para traslados con motivo de estudio

