Recurso de apelación acogido.
Corte de Valparaíso accedió a la solicitud de cambio de nombre de un niño de 12 años reconociendo su derecho a la identidad.
Además, el Tribunal de alzada reconoce el concepto de "familia ampliada".

La Corte de Valparaíso acogió el recurso de apelación interpuesto en contra de la sentencia dictada por el 5° Juzgado Civil de la ciudad, e hizo lugar a la solicitud de cambio de nombre de un niño.
El fallo señala que se realizó la audiencia confidencial del niño, quien, a esa fecha, tenía diez años de edad, en la que señaló estar de acuerdo con la solicitud de cambio de nombre y comprender las consecuencias y efectos de ello.
Indica que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12 de la Convención de Derechos del Niño, 222 del Código Civil y 16 de la Ley N°19.968, la judicatura debe llevar el proceso con plena consideración del bienestar integral del niño, de tal manera que se favorezca la tutela concreta de sus derechos y con pleno respeto a sus garantías y derechos procesales.
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