Acto ilegal.
CS confirmó sentencia que acogió impugnación deducida contra Municipalidad de Peumo por suspender de sus labores a una funcionaria.
La recurrida actuó al margen de su competencia e invadió aquella que es propia de aquel órgano que debe controlar la legalidad de sus actuaciones.

El máximo Tribunal confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Rancagua que acogió el recurso de protección deducido en contra de la Municipalidad de Peumo por su directora de control interno.
La actora fundó el recurso en que fue reintegrada a sus funciones en la Municipalidad recurrida como consecuencia de lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Rancagua y la Corte Suprema, y que a partir de ese evento ha sido objeto de hostigamiento, abuso de poder y misoginia, ordenándose la instrucción de un sumario administrativo en su contra mediante el Decreto Alcaldicio que se emitió el mismo día en que fue citada a declarar; y que se dictó y le fue notificado el decreto de fiscalía por el cual se dispuso la suspensión de sus funciones, precisando que recusó a la fiscal administrativa designada.
Agrega que el artículo 29 de la Ley N°18.659 establece que el sumario que se disponga respecto del jefe de la unidad de control interno, en el caso de incumplimiento de sus funciones, deberá ser instruido por la Contraloría General de la República, de modo que el alcalde no podía dictar el referido decreto ni la fiscal ordenar su suspensión, más aún, estando recursada, por lo que estima se vulneró el derecho de propiedad, la garantía de no ser juzgada por comisiones especiales e igualdad ante la ley que le asegura la Constitución.
Comentarios (1)
José Abarca La actora no solo no solo esta conforme con descuento en sus remuneraciones y también en el descuento de otros funcionarios eso no lo explicaron en forma clara.
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