Fondo de Apoyo a la Educación Pública.
CS confirmó sentencia que desestimó recurso de protección deducido por la Municipalidad de Quilpué en su calidad de sostenedora de establecimientos educacionales.
La actora no acreditó que, al 31 de diciembre de 2017, existía en la cuenta respectiva la totalidad del saldo no utilizado durante ese año ascendente a $997.255.539.

La Corte de Apelaciones de Valparaíso desestimó el recurso de protección deducido por la Municipalidad de Quillota en contra de la Superintendencia de Educación, por la suspensión de la subvención escolar.
El fallo indica que la recurrida impuso una sanción a la actora en su calidad de la sostenedora de los colegios municipales de la comuna, consistente en la privación temporal y parcial de la subvención general de un 7% por un mes y rechazó el recurso de reclamación que ésta dedujo al respecto.
Agrega que el procedimiento sancionatorio se inició porque, en el marco del proceso de rendición de cuentas recursos del año 2017, el sostenedor no acreditó la disponibilidad de los saldos de las subvenciones y/o aportes del Estado percibidas en dicho año, en la forma y plazos instruidos por esta Superintendencia, lo que sirvió de sustento para el único cargo que se formuló en su contra relativo a no cumplir con la obligación de entregar la información solicitada por el Ministerio de Educación, la Agencia o la Superintendencia, lo que derivó en la tipificación de una infracción grave, conforme con la letra b) del artículo 76 de la Ley N°20.529.
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