Diario Constitucional

Asunto de lato conocimiento.

Corte desestima recurso de protección deducido por propietario de microbús excluido de una línea de TransAntofagasta.

La ejecución o cumplimiento de los contratos son discusiones que deben conocerse en sede civil.

Por Redacción·12 de julio de 2021·3 min de lectura
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Referencial

El actor denunció la vulneración de las garantías a desarrollar cualquier actividad económica -que no sea contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional, respetando las normas legales que la regulen- y propiedad, al ser excluido de la prestación de servicios en la línea 114 del TransAntofagasta.

Detalló que la recurrida es una empresa que tiene la concesión del recorrido de la línea 114, en la cual presta servicios su microbús, adquirido en el año 2018, y que la dificultad se originó por el cupo o permiso especial de trabajo, ya que se le informó que el antiguo dueño del microbús utilizaría el cupo que a dicha máquina le corresponde, poniendo fin al contrato de administración entre las partes, el cual tiene el carácter de indefinido.

Alegó que la decisión de la recurrida de impedir el desarrollo normal del trabajo de su microbús no tiene ningún fundamento plausible, tratándose de una actuación totalmente antojadiza y arbitraria sin que tenga ningún respaldo que pueda ser atendido jurídicamente.

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