Recurso de casación rechazado.
Corte Suprema confirma fallo que acogió demanda de cobro de facturas cedidas a empresa de factoring, presentada en contra de la Municipalidad de Iquique.
El máximo Tribunal descartó error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Iquique, que confirmó la de primer grado que rechazó la excepción anómala de prescripción y que ordenó al municipio pagar la suma de $27.281.702 reclamada.

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia que acogió demanda de cobro de facturas cedidas a empresa de factoring, presentada en contra de la Municipalidad de Iquique.
El fallo señala que los hechos fijados en una sentencia, corresponden al resultado de la ponderación judicial de la prueba rendida en el juicio y esta actividad de análisis, examen y valoración del material probatorio, se encuentra dentro de las facultades privativas de los sentenciadores, concerniendo, por ende, a un proceso racional del tribunal, por lo que no está sujeto al control del recurso de casación en el fondo, salvo que se haya denunciado de modo eficiente la vulneración de las leyes reguladoras de la prueba, que han permitido establecer el presupuesto fáctico que viene asentado en el fallo, preceptos que, sin embargo, no fueron considerados entre las infracciones normativas que la recurrente acusa como fundamento de su pretensión, pues los artículos citados en el motivo 1° de este fallo no son disposiciones que posean el carácter de normas reguladoras de la prueba.
La resolución agrega que, en estas condiciones, no es posible alterar la situación fáctica que viene determinada en el fallo cuestionado y establecer una distinta, que se correspondiera con aquella que se requiere asentar, para el éxito de la pretensión de ineficacia, por cuanto, de la manera en que se formuló el libelo, los hechos que sirvieron de base a las conclusiones de los sentenciadores resultan inamovibles y definitivos para el tribunal de casación.
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