De manera unánime.
Corte Suprema confirma fallo que ordenó a la Municipalidad de La Serena indemnizar el daño provocado por la no renovación arbitraria de patente de alcoholes.
El máximo Tribunal no advirtió infracción alguna a las normas denunciadas, así como tampoco a las disposiciones legales que establecen la reparación integral de los daños causados pues ella ha de fundarse en antecedentes probatorios de mérito, cuyo no es el caso de los documentos respecto de los cuales se razona en el arbitrio de nulidad.

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo presentado en contra de la sentencia dictada por la Corte de La Serena, que confirmó el fallo de primera instancia, que acogió una demanda de indemnización de perjuicios, condenando a la Municipalidad de La Serena al pago de $29.839.198 por concepto de daño emergente.
La Sociedad Comercial Universal Premium Ltda. dedujo demanda de indemnización de perjuicios en contra de la Municipalidad de La Serena, fundada en que para desarrollar un proyecto de venta de alcoholes en el sector El Milagro, adquirió la patente de alcoholes N°40030 y solicitó el cambio de domicilio y nombre de ésta, a lo que el Municipio accedió, logrando la autorización de funcionamiento de la licorería.
Agrega que para su funcionamiento realizó una serie de obras en un local arrendado y que el 22 de diciembre de 2016 comenzó a funcionar el establecimiento denominado “Licorería Universal Premium”. Sin embargo, el Concejo Municipal resolvió no renovar su patente, decisión que fue ratificada en Sesión Extraordinaria del mismo cuerpo municipal, actuaciones que considera ilegales, arbitrarias y además constitutivas de falta de servicio.
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