Diario Constitucional

En votación dividida.

CS acoge recurso de casación en el fondo deducido contra sentencia que declaró la desafectación de un bien familiar inmueble.

La calidad de “bien familiar” tutela de modo efectivo que los miembros de la familia no queden en una peor situación patrimonial como consecuencia del quiebre de un matrimonio.

Por Redacción·15 de marzo de 2021·2 min de lectura
Dueños de predios no pueden valerse de vías de hecho para zanjar disputa relativa a su extensión.
Referencial

La Corte Suprema acogió un recurso de casación en el fondo en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco que confirmó el fallo del Juzgado de Familia de la misma ciudad que acogió una demanda de desafectación de un bien familiar del inmueble.

El conflicto surge en 2019, luego que un hombre dedujera una demanda de desafectación de bien familiar en contra de su ex pareja, solicitando la desafectación del inmueble en donde reside la demandada.

El tribunal de familia acogió la demanda, al estimar que el inmueble donde reside su demandada ya no posee la calidad de bien familiar, ya que en la actualidad su hija es mayor de edad y ya no vive con su madre, por lo que ya no constituye la residencia principal de la familia en conformidad al artículo 141 del Código Civil. La Corte de Temuco confirmó la sentencia en alzada.

Comentarios (1)

  1. Alex Guzmán

    Rechaza la demanda y el voto de minoría también la rechaza??? “En su fallo de reemplazo la Corte Suprema rechazó la demanda de desafectación de bien familiar, al estimar que el inmueble es el hogar en donde vive la demandada, por lo que no ha perdido la calidad de “residencia principal de la familia” en conformidad al artículo 141 del Código Civil”

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