Sanción administrativa.
CS confirma sentencia que rechaza recurso de reclamación contra Superintendencia de Educación, que sancionó a jardín infantil por no garantizar medidas mínimas de seguridad ni salubridad.
No se acredita que la actora probó al fiscalizador la subsanación de las observaciones, ni el haberlo efectuado oportunamente.

La Corte Suprema confirmó la sentencia pronunciada por la Corte de Puerto Montt, que rechazó el recurso de reclamación interpuesto por la sostenedora de un jardín infantil en contra de la Superintendencia de Educación, que la sancionó por no garantizar las medidas mínimas de seguridad ni salubridad.
En su libelo, la reclamante expone que la Superintendencia le formuló cargos por no cumplir con las exigencias mínimas para el recinto, careciendo de un programa de seguridad y de higiene. Ello, atendido a la acumulación de escombros en la parte trasera del inmueble, la ausencia de un control de plagas y los focos de insalubridad aledaños.
Sin embargo, alega que subsanó las dos primeras infracciones, pero no así los focos de insalubridad de los inmuebles colindantes, pues no son de su propiedad y, por tanto, tampoco su responsabilidad. Sin embargo, aún cuando enmendó las referidas observaciones dentro del plazo correspondiente, la Superintendencia mantuvo la sanción impugnada.
Te puede interesar

En fallo unánime.
CS confirma fallo que rechazó demanda contra clínica por supuesta infección intrahospitalaria que habría adquirido la recurrente durante una intervención de histerectomía en el centro asistencial.

En fallo unánime.
Corte de Santiago confirma fallo que acogió demanda por despido de trabajadora de lavandería industrial y le ordenó pagar la suma de $3.241.781.

Interés superior del niño.
Juzgado de Familia de Santiago acogió demanda de reclamación de maternidad de hijo de pareja lesbomaternal concebido mediante técnicas de reproducción asistida.

