Derecho a un debido proceso.
CS confirmó que no existen irregularidades en sumario administrativo instruido en la Municipalidad de Cholchol.
El Fiscal instructor ha actuado en el marco de sus atribuciones.

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Temuco, que rechazó el recurso de protección interpuesto por el alcalde de Cholchol en contra de la Contralor Regional de La Araucanía y el Fiscal instructor de sumario administrativo, que se instruyó en el municipio.
El actor denunció la vulneración de los derechos a la igualdad ante la ley y debido proceso, originada por la tardanza en la resolución del recurso de reposición que dedujo en contra de la resolución que rechazó un incidente de recusación en procedimiento administrativo, y por haberse dictado resoluciones por el fiscal, mientras pende de decisión dicho incidente.
Expuso que se desempeña como alcalde de la comuna de Cholchol, durante los últimos 3 años, y que la Contraloría inició un sumario administrativo en el municipio, nombrando como fiscal en dicho proceso al segundo de los recurridos, a quien recusó conjuntamente con incoar una petición de decaimiento, ya que el procedimiento estuvo paralizado por más de un año.
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