Potestad discrecional.
CS declaró ajustada a derecho solicitud de renuncia y declaración de vacancia del cargo efectuada por ProChile.
La normativa permite fundamentar la decisión sólo en la pérdida de confianza.

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que acogió el recurso de protección deducido en contra de Dirección General de Promoción de Exportaciones (ProChile) que había dejado sin efecto la decisión impugnada.
El fallo del máximo Tribunal indica que el actor denunció la vulneración de los derechos a la igualdad ante la ley y propiedad, pues, habiendo transcurrido 49 días de haber asumido el cargo de Director Regional Zona Norte -de la Planta de Directivos del Servicio, segundo nivel jerárquico-, se solicitó su renuncia por pérdida de confianza, declarando su vacancia desde el 7 de septiembre de 2020, acto que estimó carente de una debida motivación y fundamentación.
Añade que la Corte de Santiago acogió el recurso de protección, estimando que el acto impugnado careció de la motivación requerida, al haberse fundado únicamente en la expresión pérdida de confianza, lo que lo hizo devenir en arbitrario; decisión que fue impugnada por el CDE, fundado en que el ordenamiento jurídico autoriza expresamente que la renuncia solicitada al actor se justificara en la pérdida de confianza en su gestión.
Te puede interesar

A través de una resolución.
Plantean al Ejecutivo deponer el toque de queda en todo el territorio nacional.

Derecho de propiedad.
CS ordenó otorgar prestaciones de la Ley N°16.744 a cónyuge sobreviviente de trabajador fallecido.

No hubo acto ilegales ni arbitrarios.
CS confirmó que constructora cumplió parámetros de evacuación de aguas lluvias y que anegación en predios colindantes no fue su responsabilidad.

