Recurso de queja rechazado con prevención
Corte Suprema desestima recurso de queja en contra de decisión del Director Nacional de Aduanas
El máximo tribunal estimó que no se configuraban faltas o abusos graves en la decisión impugnada y rechazó el arbitrio, resolución que fue adoptada con prevención del ministro Muñoz.

El recurso fue deducido en contra de los jueces que conocieron previamente del asunto, sosteniéndose que al confirmar lo resuelto por la autoridad aduanera habrían incurrido en faltas o abusos graves, en los términos previstos en el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales. A juicio del recurrente, la resolución impugnada habría afectado indebidamente sus derechos al validar una reclasificación errónea de las mercancías importadas.
Sin embargo, el máximo tribunal desestimó el arbitrio, razonando que el mérito de los antecedentes no permitía concluir que los jueces recurridos hubiesen incurrido en errores u omisiones manifiestos y graves que habilitaran el ejercicio de las facultades disciplinarias de la Corte. Precisó, además, que el rechazo del recurso no implica necesariamente compartir la apreciación de los hechos o la aplicación del derecho efectuada en la instancia previa, sino únicamente constatar la improcedencia del recurso de queja como vía de impugnación.
En su prevención, el Ministro Muñoz concluyó que se debía rechazar el arbitrio deducido, porque se estaría frente a una decisión de carácter administrativo del ente recurrido, que no es susceptible de ser revisada por la presente vía. Agregó que, aún en caso de sostener que se estarían ejerciendo funciones jurisdiccionales en el caso sublite, dada la circunstancia de “haberse denunciado al Ministerio Público los hechos que motivan el reclamo ante la autoridad aduanera, corresponde a los tribunales con competencia en lo criminal emitir pronunciamiento sobre el fondo de la reclamación, sin que pueda hacerlo esta Corte Suprema por la presente vía”.
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