Regirá por un año.
CS dicta auto acordado sobre audiencias y vista de causas por videoconferencia.
El máximo Tribunal aprobó la normativa tras recibir los informe elaborado por la Comisión de Apoyo a la Tramitación Electrónica y de la encargada de la implementación de la Ley N° 21.394, con el objetivo de propender a la continuidad del servicio judicial.

Reunido el tribunal pleno de la Corte Suprema ayer, dictó auto acordado que norma la realización de audiencias y la vista de causas por videoconferencia, de acuerdo al artículo decimosexto transitorio de la Ley N° 21.394.
El máximo Tribunal aprobó la normativa tras recibir los informe elaborado por la Comisión de Apoyo a la Tramitación Electrónica y de la encargada de la implementación de la Ley N° 21.394, con el objetivo de propender a la continuidad del servicio judicial, resguardando la vida y salud de todos los intervinientes, atendidas las recomendaciones sanitarias vigentes.
El auto acordado dictado regirá por un año, lapso que se contará al décimo día desde la publicación de la ley, sin perjuicio de la facultad que a la Corte Suprema le confiere la ley.
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